¿Cuál es el principio de las puertas giratorias?

Yago Castellanos
2025-07-23 07:01:47
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El concepto de “puertas giratorias” es el resultado del conflicto entre dos intereses perfectamente legítimos y defendibles, pero que pueden entrar en colisión si no se tratan de forma adecuada, ya que son susceptibles de abusos o de limitación injustificada de derechos individuales. Por una parte, se halla el interés público de poder exigir a las instituciones que actúen con independencia y únicamente guiados por el servicio a los ciudadanos sin dejarse condicionar por los intereses de los poderosos grupos de presión y, por otra, el interés y derecho de los individuos que han desarrollado su actividad profesional y obtenido unas competencias profesionales en los ámbitos público o privado de trasladar y aplicar este conocimiento de una a otra esfera de actuación. El quid de la cuestión estriba en si la compañía privada contrata a estos funcionarios públicos por su efectiva experiencia y capacidad de lobby, actividades perfectamente legítimas o si, por el contrario, lo hacen para la obtención de ventajas mediante prácticas ilegales que conlleven quebrar el principio de independencia de los funcionarios públicos. Se trata de una cuestión harto difícil de resolver, siendo el fin último de la regulación evitar que las empresas, mediante el fenómeno de las “puertas giratorias”, tengan comportamientos antiéticos. Regular el fenómeno de “puertas giratorias” es complejo, al encontrarse estrechamente relacionado con el concepto de independencia de un individuo ante la toma de decisiones que pueden afectar al interés público, lo que dificulta ab initio su regulación legal, ya que está dentro de la esfera más íntima de las personas.
Toda regulación del fenómeno de “puertas giratorias” debe conciliar dos derechos merecedores de protección, como son el de la población a que sus intereses se gestionen adecuadamente y el de los individuos a transitar profesionalmente de la vida pública a la privada y viceversa, aprovechándose de la experiencia adquirida en ambos ámbitos de actuación. Debe encontrarse un balance entre la regulación de conflictos de interés por un lado y el mantenimiento de la movilidad entre los diferentes sectores por otro, ya que no debe perderse de vista que un individuo tiene derecho a la libertad económica y la legislación en cuestión debería respetar ese hecho, así como promover un mercado laboral más dinámico, máxime si aspiramos a que nuestros altos funcionarios sean personas experimentadas y capaces profesionalmente.

Jaime Montaño
2025-07-15 05:58:20
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Las «puertas giratorias» pueden ser fuente de riesgos, pero también de oportunidades.
Si solo vemos los riesgos, nunca entenderemos lo que puede pasar ahí.
El empresario o directivo es una persona con conocimientos, capacidades, actitudes y valores para dirigir equipos humanos.
Ha adquirido familiaridad con los problemas económicos; sabe lo que es un balance y una cuenta de resultados; ha tenido que diseñar una estrategia, negociar con los sindicatos, pelearse con los competidores, convencer a los clientes, atender a muchas cosas, tener criterios claros sobre lo que conviene y lo que no conviene.
El peligro del empresario metido a político es el conflicto de intereses: tener un sesgo en sus actuaciones en favor de la empresa de la que proviene.
Pero esto mismo pasa en muchos casos, en la vida privada: por ejemplo, es frecuente que una empresa contrate a un directivo que venga del mismo sector, de modo que podrá tener preferencias por ciertos proveedores, o mejores tratos con ciertos clientes, o deseará llevarse consigo a sus empleados más eficaces, o conocerá muchos secretos de su antiguo empleo.
Pero esto está contemplado en la legislación: lo que procede es que los controles y la transparencia funcionen bien.
La puerta giratoria funciona también en sentido contrario, de la política a la empresa privada.
Los peligros son parecidos: un trato de favor a ciertas empresas o sectores, por si el político puede recalar en ellas cuando cambie el viento; la conservación a amistades y relaciones, que pueden dar lugar a tratos de favor de otros.
Pero, insisto, esto pasa también en la empresa: los contratos de los directivos suelen tener cláusulas rigurosas sobre la posibilidad de trabajar en la competencia o de llevarse los secretos de una empresa a otra.
De nuevo, lo que procede es cuidar las normas de prudencia y cumplir la ley.