¿Cuánto debe tener una rampa para discapacitados?
Zoe Ruiz
2025-10-26 20:23:42
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Rampas para personas con discapacidad Lo más importante si queremos instalar una rampa, es tener en cuenta aspectos como la pendiente, la longitud máxima, el ancho libre y las dimensiones de la misma. El reglamento estipula que en el acceso a edificios la anchura libre mínima de paso debe ser de 1,20 m y la longitud máxima de cada tramo de 9 m. Por otra parte, si la rampa debe ser instalada en lugares peatonales, debemos contar con una anchura libre mínima de paso de 1,80 m y la longitud máxima de cada tramo de 10 m. La pendiente varia teniendo en cuenta la longitud de la rampa. En acceso a edificios se admiten rampas con recorridos de 3 m con una elevación de pendiente menor a 10%. Con recorridos de 3 a 6 m debe haber una pendiente menor al 8% y un 6% en el resto de los casos. En normativas para lugares peatonales, la pendiente máxima en tramos de hasta 1,5 m es de un 12%, en tramos de hasta 3 m una pendiente de 10% en tramos de hasta 3 m y de 8% en tramos de hasta 10 m. La normativa también determina que la rampa debe disponer de pasamanos continuos en todo el tramo de la misma. Además, las zonas de embarque y desembarque de la rampa deben permitir que la persona en silla de ruedas pueda realizar un giro de 360º y estar exentas de cualquier obstáculo.