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¿Qué ancho debe tener un pasillo para discapacitados?

Alma Cuesta
Alma Cuesta
2025-10-04 03:49:18
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Lo primero que debemos tener en cuenta son las medidas de una silla de ruedas, incluyendo a la persona que la utiliza. La medida más estandarizada de una persona en silla de ruedas es 1,20 metros de largo y 0,80 m de ancho. Estas son, por tanto, las dimensiones mínimas que vamos a necesitar en cualquier espacio para que un usuario en silla de ruedas pueda permanecer en él. Las características de las sillas de ruedas no permiten el giro respecto a su eje central, sino que giran respecto al eje de la rueda trasera. El usuario en silla de ruedas puede ir acompañado de otra persona, que puede ser necesaria en algunos casos como asistencia. El usuario en silla de ruedas puede encontrarse con otros usuarios del edificio. Las dimensiones recogidas en la normativa para ascensores accesibles están relacionadas con el apartado anterior, es decir, no se considera únicamente la utilización por un usuario en silla de ruedas, sino que se tiene en cuenta la posibilidad de utilización al mismo tiempo de otro usuario o acompañante. En el caso de dos puertas en ángulo, además de tener en cuenta a un acompañante, es necesario permitir el giro de 90º de la silla de ruedas, como hemos visto en un apartado anterior. Los datos recogidos anteriormente hacen referencia a las condiciones de accesibilidad definidas en el CTE DB-SUA. Este documento trata de garantizar el uso del edificio en las mejores condiciones de seguridad y confort para todos los usuarios. Sin embargo, en el caso de edificios ya construidos, no siempre es posible cumplir estas condiciones, por lo que el Documento de Apoyo DA DB-SUA/2 recoge ciertas tolerancias admisibles, siempre relacionadas con las dimensiones mínimas para que el edificio sea utilizable por un usuario en silla de ruedas. Algunos ejemplos son: Anchura mínima libre de 0,90 m en rampas. Longitud de 1,20 m en mesetas de rampas. Espacios de giro de diámetro mínimo 1,20 m en todos los casos. Pasillos con anchura de 0,90 m en uso privado (donde no sea necesario realizar un giro). Y en el caso de los ascensores, las dimensiones de cabina mínimas para que pueda ser utilizado por usuarios en silla de ruedas es: