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¿Por qué no utilizar reconocimiento facial?

Sandra Palacios
Sandra Palacios
2025-05-25 07:18:31
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El uso de datos biométricos, en este caso de reconocimiento facial, se trata de una categoría especial, y que adoptando criterios del Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) implica que su uso está condicionado a restricciones especiales. La falta de una legislación específica que ampare el uso de datos biométricos para el control horario, supone una ilegalidad y por tanto no es aplicable. El reconocimiento facial supone un riesgo para la información personal ya que, los datos biométricos puede usarse con fines fraudulentos en caso de ser filtrados o difundidos sin autorización. Métodos recientes como los deep fakes que consisten en suplantar mediante avatares digitales personas reales, pueden suponer un riesgo importante frente a ciberestafas o conductas ilícitas. Es por ello que recomendamos maximizar las precauciones allá donde se utilicen medios biométricos para la autentificación, puesto que su filtración supone un riesgo grave para la seguridad.