La finalidad de estos elementos es garantizar un correcto uso, funcionamiento y accesibilidad a la persona que lo va a utilizar, logrando la igualdad e inclusión social de personas que padecen algún tipo de discapacidad.
Aunque existen sillas de ruedas de diferentes diámetros, el estándar es 1,50m., por lo que las medidas de los cuartos de baño para personas con movilidad reducida serán, como mínimo, de 1,50m. x 1,50m.
Aún así, la normativa española recomienda ampliar la superficie a 1,80m .x 1,90m., libres de obstáculos, para garantizar el giro y facilitar la maniobra.
En el caso de incluir una ducha en un aseo o vestuario para personas discapacitadas, la ducha tendrá al menos 90 cm. de ancho x 120 cm. de fondo.
Si se trata de un gimnasio y el espacio se va a destinar concretamente a la ducha, las medidas se ampliarán hasta 180 cm. x 180 cm.
De la misma forma, frente a la zona de ducha debe existir una zona sin obstáculos de 80 cm. de ancho y 120 cm. de fondo.
Por otro lado, deben incluir un asiento de 40 cm de profundidad x 40 de anchura x 45-50 cm de altura, abatible y con respaldo.