La señalización de seguridad se empleará únicamente para dar indicaciones que estén relacionadas con la seguridad de las personas, maquinarias o instalaciones.
La señalización en su faceta de prevención debe ser empleada únicamente cuando sea necesario, pues si se comete el error de señalizar sin medida alguna, la señalización que realmente interesará quedará con una eficacia neutralizada o nula.
La señalización de seguridad y salud en el trabajo deberá utilizarse siempre que:
Sea necesario llamar la atención de los trabajadores sobre la existencia de determinados riesgos, prohibiciones u obligaciones.
Alertar a los trabajadores cuando se produzca una determinada situación de emergencia que requiera medidas urgentes de protección o evacuación.
Facilitar a los trabajadores la localización e identificación de determinados medios o instalaciones de protección, evacuación, emergencia o primeros auxilios.
Las señales se instalarán preferentemente a una altura y en una posición apropiadas con relación al ángulo visual, teniendo en cuenta posibles obstáculos, en la proximidad inmediata del riesgo u objeto que deba señalizarse o, cuando se trate de un riesgo general, en el acceso a la zona de riesgo.
A fin de evitar la disminución de la eficacia de la señalización, siempre que sea posible, no se utilizarán demasiadas señales próximas entre sí.
Las señales de tramos de recorrido de evacuación se situarán de modo que, desde cualquier punto susceptible de ser ocupado por personas, sea visible, al menos, una señal que permita iniciar o continuar la evacuación por la vía, sin dudas, confusiones ni vacilaciones.
La altura del borde inferior de las señales de tramos de recorrido de evacuación estará preferentemente, comprendida entre 2 m y 2,50 m pudiendo alterarse esta altura por razones de tráfico en la vía u otras que lo justifiquen.
En ningún caso se situarán a menos de 0,30 m del techo del local en que se instalen.