Las medidas mínimas de los baños para personas con discapacidad dependen de diferentes factores, pero el más importante es que se cubra el radio de giro de una silla de ruedas.
Aunque existen sillas de ruedas de diferentes diámetros, el estándar es 1,50m., por lo que las medidas de los cuartos de baño para personas con movilidad reducida serán, como mínimo, de 1,50m. x 1,50m.
Aún así, la normativa española recomienda ampliar la superficie a 1,80m .x 1,90m., libres de obstáculos, para el garantiza el giro y maniobrabilidad.
Otras medidas de los cuartos de baño para discapacitados recogidas en nuestro Código Técnico de Edificación son:
Puertas Las puertas de los baños adaptados deben ser algo más anchas que las de los baños convencionales.
El ancho total será de 90 cm. o 85 cm. libres siempre que se garantice la accesibilidad.
Lavabo El lavabo de un cuarto de baño adaptado para personas con movilidad reducida no tendrá pedestal y dispondrá de un espacio libre inferior mínimo de 70 cm. de altura y 50 cm. de profundidad.
La altura de la cara superior del mismo estará a 85 cm. de altura.
Inodoro Estos baños requieren de inodoros adaptados, con unas medidas y unas distancias específicas, que permitan a los usuarios y usuarias moverse de la silla al inodoro y viceversa.
Respecto a la altura del asiento del WC, se situará entre 45 y 50 cm.
Ducha Una de las cuestiones más importantes para establecer las medidas de los cuartos de baño para minusválidos es la ducha.
La ducha tendrá al menos 90 cm. de ancho x 120 cm. de fondo.
Si el espacio se destina exclusivamente a la ducha, las medidas se ampliarán hasta 180 cm. x 180 cm.
Al reformar la ducha de un baño para discapacitados, la distancia máxima del plato será de 1,5 cm., con un desnivel igual o inferior al 2% para que el agua desagüe sin incomodar al usuario/a en silla de ruedas.
Medidas de los cuartos de baño para discapacitados: accesorios Las barras de apoyo son fundamentales en los baños adaptados para personas con discapacidad, y tanto su ubicación como medidas también están condicionadas y reguladas por Ley.
Independientemente de dónde estén colocadas, las barras de ayuda para baños adaptados deben ser fáciles de asir, tener sección circular con un diámetro entre 30 y 40 mm. y estar separadas de la pared entre 45 y 55 cm.
La fijación mínima que deben soportar debe ser la equivalente a 1 kN (100 Kg.) en cualquier dirección.
Se recomienda poner en éste dos barras, una a cada lado, separadas entre sí por 65-70 cm.
En la ducha, las barras de apoyo deben colocarse de forma perimetral en al menos dos paredes que formen esquina, y con una distancia de 60 cm. de la esquina de la ducha o del respaldo del asiento.
Otros accesorios como los espejos se colocarán a una altura máxima de 90 cm (borde inferior).
Además de estas medidas, los cuartos de baño para personas con movilidad reducida deben cumplir otros requisitos/recomendaciones.
La puerta será -preferiblemente-, corredera.
Si no es así, se aconseja su apertura hacia afuera para que, ante una caída en el interior, la puerta pueda abrirse sin problemas.
El suelo será de un material antideslizante.
Los accesorios del baño no se instalarán a más de 120cm. de altura del suelo.
Conviene que los grifos funcionen con palanca, presión o cualquier otro mecanismo que no precise girar la muñeca para accionarse.
Los asientos de los inodoros adaptados deben estar bien sujetos para reducir el riesgo de caídas.