Las barandas y barandillas son un cerramiento obligatorio en zonas como balcones, terrazas, puentes y escaleras con barandas.
Con el objetivo de evitar caídas y proteger el tránsito seguro de las personas en estos lugares, las barandas en España deben cumplir una serie de normas y medidas para que su uso sea totalmente seguro.
Te contamos por qué y cuál es la altura ideal de las barandas de seguridad según las normativas del país.
Muchos edificios tienen zonas con riesgos de caídas, donde hay huecos, aberturas y cambios de nivel.
Por eso es que se disponen de cerramientos, como bordes de protección, pasamanos, barandas o guardacuerpos; porque solucionan la amenaza de accidentes al restringir el paso y limitar al máximo el riesgo de caídas.
En general, las barandas necesitan cumplir con una altura mínima para garantizar que la mayor cantidad de personas puedan circular en el área sin sufrir una caída fortuita al vacío, así como también evitar que se deslicen accidentalmente en huecos y aberturas (horizontales o verticales) en balcones, terrazas, etc.
La altura ideal dependerá en gran medida del tipo de lugar y las condiciones de uso, para ello, se utiliza como marco referencial el Código Técnico de Edificación (CTE) que esté vigente para la fecha.
La altura mínima debe ser de 90 cm para delimitar zonas de circulación.
La altura debe ser de 110 cm, si la caída supera los 6 metros y la anchura del hueco entre tramos es de más de 40 cm.
En zonas con presencia de niños, como colegios, el pasamanos deberá tener una altura entre los 65 cm y 75 cm.
En zonas con caídas que lleven a piscinas, las barandas de protección deben tener una altura mínima de 110 cm o 120 cm.
La altura se mide de manera vertical partiendo del nivel del suelo.
Sin embargo, en las escaleras se parte de la línea de inclinación que viene definida por los vértices de los peldaños, hasta la altura superior del pasamanos.