La normativa que rige un baño para discapacitados en España es el «Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad del Código Técnico de Edificación» (CTE DB-SUA).
Este documento recoge las exigencias mínimas de un aseo o vestuario accesible, como las barras de apoyo, accesorios y asientos de apoyo.
La combinación de todos estos elementos debe permitir girar una silla de ruedas sin problemas, por lo que las medidas de los cuartos de baño para personas con movilidad reducida serán, como mínimo, de 1,50m. x 1,50m.
Aunque existen sillas de ruedas de diferentes diámetros, el estándar es 1,50m.
La normativa española recomienda ampliar la superficie a 1,80m. x 1,90m., libres de obstáculos, para garantizar el giro y facilitar la maniobra.
El Código Técnico de Edificación también detalla medidas específicas para elementos como lavabos, inodoros y duchas en baños para discapacitados.
Los lavabos deben tener un espacio libre inferior mínimo de 70 cm. de altura y 50 cm. de profundidad, y la altura de la cara superior del lavabo estará a 85 cm.
Los inodoros deben tener una altura del asiento de 45 o 50 cm. y una distancia mínima de 75-80 cm. con la pared.
Las duchas deben tener al menos 90 cm. de ancho x 120 cm. de fondo, y deben incluir un asiento de 40 cm de profundidad x 40 de anchura x 45-50 cm de altura, abatible y con respaldo.
Las barras de apoyo deben tener fácil accesibilidad, una sección circular con un diámetro de entre 30 y 40 mm., y estar separadas de la pared entre 45 y 55 cm.
Deben soportar una fijación mínima equivalente a 1 kN (100 Kg.).
Los espejos se deben colocar a una altura máxima de 90 cm. borde inferior, y las puertas han de ser preferiblemente correderas o abrirse hacia afuera.
El suelo debe ser antideslizante, y el resto de accesorios de baño como el toallero y el jabón deben estar a 120cm. de altura del suelo como máximo.
Se recomienda que el grifo del baño para discapacitados sea de palanca, presión o cualquier otro mecanismo que no precise girar la muñeca para accionarse.