El viernes 15 de marzo entran en vigor varios de los artículos contemplados en el Real Decreto 176/2023, de 14 de marzo por el que se desarrollaron entornos más seguros de juego.
La disposición sexta del Decreto señalaba, concretamente, que los artículos 13, 14, 15, 16, 17, 21, 23 y 30 entrarían en vigor 12 meses después de su aprobación.
Se establecen sesiones de juego para la licencia de otros juegos y loterías instantáneas, y el usuario tendrá que establecer un límite de tiempo y dinero antes de empezar a jugar.
Se prohíbe el uso de tarjetas de crédito para jugadores en riesgo y jugadores intensivos.
Se obliga el uso de medios de pago nominativos para jugadores en riesgo para evitar que un jugador en riesgo utilice medios de pago de terceras personas.
Los participantes jóvenes no podrán recibir ninguna actividad promocional que no esté relacionada con el juego.
Se establece la prohibición de ciertos mensajes engañosos durante el desarrollo de los juegos.
Se fija la obligación de ofrecer la posibilidad de ingresar premios superiores a 5.000 euros y se establece que, durante la sesión de juego, la persona deberá recibir mensajes informativos periódicos de lectura obligatoria para poder continuar jugando.