Las dimensiones mínimas establecidas son de 2,03 metros de alto y 0,90 metros de ancho para 100 personas, aumentando el ancho en 0,60 metros por cada 100 personas adicionales previstas para evacuar por esa salida.
Las puertas de emergencia deben estar claramente señalizadas, con carteles colocados a una altura máxima de 2,20 metros y visibles desde al menos 20 metros de distancia.
La distancia máxima desde cualquier punto del local hasta una puerta de emergencia no debe superar los 25 metros.
Cada planta debe disponer al menos de dos salidas de emergencia, separadas entre sí y protegidas contra la acción del fuego y el humo.
El número de puertas de emergencia debe calcularse para que sea posible desalojar el espacio en un máximo de 2 minutos y medio, sin contar con las salidas habituales.
Las puertas deben dar directamente al exterior, a un pasillo protegido o a una escalera protegida.
No deben cruzarse zonas no protegidas del local.
Las puertas deben abrirse siempre hacia el exterior, en el sentido de la evacuación, y contar con mecanismos de apertura fácil que no requieran el uso de llave ni más de una acción.