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¿Qué establece la ley de accesibilidad en edificios privados?

Fernando Maestas
Fernando Maestas
2025-09-15 22:04:00
Respuestas : 21
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Según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas se obligaba a los edificios de viviendas a que realizaran las reformas necesarias para habilitar un entorno físico donde las personas con discapacidad y mayores de 70 años puedan moverse sin ningún obstáculo. El objetivo era asegurar que estos usuarios con movilidad reducida puedan disfrutar de las zonas comunes y realizar sus actividades cotidianas de la misma forma que el resto de vecinos. Únicamente se exceptuaban de esta normativa de accesibilidad las casas unifamiliares y los chalets privados. En este sentido, un punto que deben cumplir las comunidades de vecinos de forma obligatoria es el relativo al Informe de Evaluación de Edificios que recoja la información sobre la situación del bloque respecto a la accesibilidad. Este documento es preceptivo en el caso de los edificios que tengan más de 50 años o en aquellos con una antigüedad inferior que tengan pendiente la Inspección Técnica de Edificaciones o tengan previsto solicitar una ayuda pública para obras de adecuación. De acuerdo a la citada ley de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, son obligatorios los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación. Este tipo de reformas no requerirán el acuerdo previo de la Junta de Propietarios debido a su carácter de necesidad, excepto en lo que respecta a la distribución de la derrama y las condiciones de su pago. Además, la norma sobre accesibilidad también indica que las obras serán costeadas por los propietarios de la comunidad. Todas las comunidades de propietarios están obligadas a acometer estas obras si fuera necesario o de lo contrario pueden enfrentarse a multas que oscilan entre 301 y un millón de euros.
Martín Palomo
Martín Palomo
2025-09-15 21:39:31
Respuestas : 17
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La accesibilidad en edificios privados es una prioridad que no solo asegura el confort de los residentes, sino que también garantiza el cumplimiento de la normativa vigente. En España, la normativa de accesibilidad en edificios residenciales establece requisitos específicos para garantizar la accesibilidad universal. Según la Ley de Accesibilidad en edificios privados, los inmuebles deben eliminar barreras arquitectónicas y facilitar el acceso a personas con movilidad reducida, especialmente en las zonas comunes. Es esencial estar al día con esta normativa, ya que incumplirla puede derivar en sanciones. Puedes consultar más detalles en el sitio oficial sobre normativa de accesibilidad en edificios residenciales. Numerosos edificios residenciales presentan desafíos que dificultan su accesibilidad. La implementación de obras de accesibilidad es clave para resolver estos problemas. Algunas de las soluciones más eficaces incluyen: Plataformas salvaescaleras, Sillas salvaescaleras, Plataformas verticales. Para garantizar que las mejoras de accesibilidad sean eficaces, es importante seguir estos pasos: Evaluar las necesidades de los residentes, Aprovechar ayudas y subvenciones para obras de accesibilidad, Consultar con profesionales en soluciones de accesibilidad.

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