La Accesibilidad Universal es la cualidad de los entornos para que cualquier persona pueda participar y disfrutar de los mismos de forma autónoma, independientemente de sus capacidades, necesidades o expectativas.
Los espacios accesibles son un derecho para todas las personas, que está recogido por la Ley).
Entendemos por espacio accesible aquel que permite a una persona desenvolverse con facilidad en cualquier entorno, independientemente de la existencia de una discapacidad física, sensorial, psíquica o funcional.
La normativa aplicable al País Vasco puede consultarse en este enlace: http://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/contenidos/informacion/3433/es_2188/es_11878.html
Las comunidades autónomas han elaborado leyes y normativas para favorecer la integración de las personas que tengan dificultades de movilidad.
El objetivo final es mejorar la calidad de vida de estas personas.
Accesibilidad física: centrada en las personas con movilidad reducida.
Accesibilidad sensorial: enfocada a personas con discapacidad visual o auditiva.
Accesibilidad cognitiva: la menos “visible” de todas, destinada a facilitar la vida de las personas con discapacidad cognitiva, como las personas con TEA (Trastorno del Espectro del Autismo).