El ambiente menos restrictivo se refiere a la idea de que un estudiante discapacitado debe ser educado junto con sus compañeros discapacitados y no discapacitados, en un aula ordinaria, en la máxima medida apropiada.
LRE significa que los estudiantes solo deben ser retirados de un aula de educación general si no se puede lograr el aprendizaje con la provisión de ayudas y servicios suplementarios en ese ambiente de educación general.
Cada agencia pública debe garantizar que los niños con discapacidades sean educados con niños sin discapacidades en la máxima medida apropiada.
Clases especiales, escolarización separada u otro tipo de remoción de niños con discapacidades del ambiente educativo regular ocurre solo si la naturaleza o gravedad de la discapacidad es tal que no se puede lograr la educación en clases regulares con el uso de ayudas y servicios complementarios satisfactoriamente.
Ayudas y servicios complementarios significa ayudas, servicios y otros apoyos que se brindan en las clases de educación regular, otros entornos relacionados con la educación y en entornos extracurriculares y no académicos, que permiten que los niños con discapacidades sean educados con niños sin discapacidades en la máxima medida apropiada.
El principio de LRE significa que un IEP debe proporcionar a un estudiante las ayudas y los servicios complementarios necesarios para permitir que el estudiante progrese en la educación mientras participa en el ambiente de educación general junto con sus compañeros sin discapacidades en la mayor medida posible.
Debido a que las necesidades relacionadas con la discapacidad de un estudiante son exclusivas de ese estudiante, el LRE de un estudiante no es necesariamente el LRE de otro estudiante.
Los equipos del IEP también deben considerar los siguientes factores al determinar la ubicación de un estudiante en el LRE: En la medida apropiada, el estudiante debe ser educado en la escuela a la que asistiría si no estuviera discapacitado.
Se debe considerar cualquier efecto dañino de la ubicación en el estudiante o en la calidad de los servicios que necesita.
Las opciones de ubicación del estudiante no deben basarse únicamente en la categoría de elegibilidad del estudiante, condición de discapacidad o conveniencia administrativa.
Cada estudiante con una discapacidad debe tener la oportunidad de participar, según corresponda, en servicios y actividades no académicos y extracurriculares.
El ambiente educativo que se considera el menos restrictivo es un aula de educación “general” o “regular”.
Cuando las ayudas y los servicios suplementarios en un aula de clases de educación general no pueden satisfacer las necesidades de un estudiante, el estudiante puede ser trasladado a una ubicación más restrictiva.
El equipo del IEP debe documentar las razones para cambiar la ubicación de un estudiante a un ambiente más restrictivo.