Las escaleras de mano utilizadas como equipos de trabajo temporal en altura están sujetas a estrictas normativas de seguridad. A nivel europeo, estas se rigen por la Directiva 89/391/CEE, que promueve la mejora de la seguridad y salud de los trabajadores, y en España por el Real Decreto 1801/2003 sobre seguridad general de los productos, la manera de cumplir con este mandato legislativo es que la escalera cumpla con la UNE EN131 y dentro de esta norma europea la parte 3 nos habla del marcado e información destinada al usuario que debe estar disponible sobre el propio producto, en la web del fabricante o distribuidor que la ponga en el mercado. Las escaleras deben ir acompañadas de: Instrucciones de uso completas, Marcados visibles con pictogramas de prohibiciones y usos permitidos, Indicaciones claras que diferencien entre uso doméstico y uso profesional. Esto se debe a que las exigencias técnicas y de resistencia varían según el tipo de uso. Las escaleras deben incluir pictogramas normativos y recomendaciones que garanticen un uso seguro. Entre ellos: Capacidad y uso, Revisión y mantenimiento, Estabilidad y apoyo, Seguridad en la utilización, Equipamiento personal, Condiciones que impiden el uso, Usos incorrectos comunes. Cumplir con la normativa UNE EN131 no es solo una obligación legal, sino un compromiso con la seguridad laboral, la prevención de riesgos y la calidad del producto.