La normativa que rige un baño para discapacitados en España es el «Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad del Código Técnico de Edificación» (CTE DB-SUA).
Este documento recoge las exigencias mínimas de un aseo o vestuario accesible, como las barras de apoyo, accesorios y asientos de apoyo.
La combinación de estos elementos debe permitir girar una silla de ruedas sin problemas, con un diámetro estándar de 1,50m.
Las medidas de los cuartos de baño para personas con movilidad reducida serán, como mínimo, de 1,50m. x 1,50m., aunque se recomienda ampliar la superficie a 1,80m. x 1,90m., libres de obstáculos.
Un aseo adaptado debe incluir un lavabo sin pedestal, con un espacio libre inferior mínimo de 70 cm. de altura y 50 cm. de profundidad, y una altura de la cara superior del mismo a 85 cm.
Los inodoros para personas con discapacidad deben tener una distancia mínima de 75-80 cm. entre el inodoro y la pared, y una altura del asiento de 45 o 50 cm.
Las duchas deben tener al menos 90 cm. de ancho x 120 cm. de fondo, con un asiento de 40 cm de profundidad x 40 de anchura x 45-50 cm de altura, abatible y con respaldo.
Las barras de apoyo deben tener fácil accesibilidad, una sección circular con un diámetro de entre 30 y 40 mm., y estar separadas de la pared entre 45 y 55 cm.
Los espejos se deben colocar a una altura máxima de 90 cm. borde inferior, y las puertas deben ser preferiblemente correderas o abrirse hacia afuera.
El suelo debe ser antideslizante, y el resto de accesorios de baño deben estar a 120cm. de altura del suelo como máximo.
Se recomienda que el grifo del baño para discapacitados sea de palanca, presión o cualquier otro mecanismo que no precise girar la muñeca para accionarse.