¿Qué porcentaje de discapacidad tiene una persona sorda?

Noa Arroyo
2025-08-06 23:06:12
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La ley 27/2007 define a las personas con discapacidad auditiva como aquellas a quienes por tal motivo se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, que encuentran en su vida cotidiana barreras de comunicación y que, para superarlas, requieren de medios y apoyos. Sin embargo, en muchas ocasiones utilizamos los términos sordera, pérdida auditiva o discapacidad auditiva como sinónimos, cuando lo cierto es que existen diferentes tipos y grados de esta discapacidad, y que no todas las personas presentan las mismas características ni tienen las mismas necesidades.

Nuria Ocasio
2025-08-06 21:19:04
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La discapacidad se define como la situación de la persona que, por sus condiciones físicas o mentales duraderas, se enfrenta con notables barreras de acceso a su participación social. La pérdida auditiva se considera una disminución de la capacidad auditiva que, en muchos casos no tratados, puede ser discapacitante. En los casos de pérdida auditiva irreversible que comprometa el desempeño de las actividades diarias de la persona, es posible solicitar el certificado de discapacidad y beneficiar de ayudas y subsidios estatales.
Si ha sido concedido, el porcentaje oscilará entre el 33% y el 64%.

Francisco Javier Garay
2025-08-06 19:27:36
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Para solicitar la valoración de invalidez por hipoacusia es necesario contar con una discapacidad auditiva de, al menos, el 33%.
La concesión de la incapacidad permanente se reconoce también el grado de minusvalía, es decir, una discapacidad del 33%.
Un porcentaje de pérdida auditiva de entre 68,6 y el 73 % puede optar al reconocimiento de discapacidad.
Si la pérdida auditiva viene acompañada de vértigos, tinnitus y otras alteraciones, también debemos adjuntar en la solicitud los informes médicos que lo certifiquen, ya que influirán directamente en el grado de discapacidad valorado.
El grado más habitual en el que se reconoce la incapacidad laboral por hipoacusia es incapacidad permanente total, es decir, el trabajador queda exento de realizar su profesión y de cotizar laboralmente.
Con la concesión de la incapacidad permanente se reconoce también el grado de minusvalía, es decir, una discapacidad del 33%.
El reconocimiento oficial de discapacidad también puede ser un paso previo para gestionar la incapacidad laboral.
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