¿Cuánto paga el gobierno por cuidar a un adulto mayor?

Fernando Camacho
2025-08-01 09:20:39
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La Ley de Dependencia reconoce el derecho a percibir una paga por ejercer los servicios de cuidados a un familiar. Se trata de una prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores familiares. El Convenio especial de Cuidadores no profesionales propone una medida para apoyar al cuidador familiar a través de una prestación económica. La prestación está sujeta al grado de dependencia y a la capacidad económica del beneficiario. Todo esto lo determina el Programa Individual de Atención (PIA). Una vez el familiar que se ocupa de los cuidados del mayor haya sido acreditado como cuidador no profesional se deberá formalizar el contrato laboral correspondiente a la legislación vigente de la Seguridad Social.

Carmen Matos
2025-08-01 04:55:51
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La medida sube las cuantías de las ayudas a la dependencia y las horas de asistencia a domicilio.
El decreto de hoy especifica, además, que para rebajar ayuda máxima se tienen que tener en cuenta criterios de ingresos.
Las nuevas cuantías entran en vigor el próximo 1 de agosto.
Las mínimas, que se establecen por primera vez, son de 100 euros al mes en grado I, 150 para grado II y 200 euros para grado III.
Esa es la cantidad que, como mínimo, deben recibir.
De ahí para arriba dependerá de cada comunidad autónoma.
Lo mismo pasa con las máximas mensuales, que también suben.
En concreto, las ayudas para servicios pasan de 300 a 313,50 en personas dependientes de grado I, de 426,12 a 445,30 en grado II y de 715,07 a 747,25 en grado III.
Las cuantías máximas para el pago de cuidadores profesionales sean iguales para grado II y III, de 747,25 euros al mes, frente a los 313,5 máximos mensuales para grado I.
Las ayudas para cuidadores no profesionales del entorno familiar, que pasan de 153 a 180, de 268,79 a 315,90 y de 387,64 a 455,50 euros máximos mensuales, para grado I, II y III, respectivamente.
Además, el decreto relaja las exigencias para que una persona pueda acreditarse como cuidador no profesional y recibir esa ayuda.
Ahora, además de eliminar la última exigencia, amplía a cuarto grado de consanguineidad y flexibiliza la posibilidad, en general, de que se trate de no familiares, a los que les pedirá convivencia en grados II y III.
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